El Consentimiento Informado: ¿Puedo reclamar si no me explicaron los riesgos?

Doctora, informando sobre el consentimiento informado a un paciente.

Muchas personas creen que, una vez han firmado el papel del consentimiento informado antes de una operación, ya no tienen derecho a reclamar si algo sale mal. Piensan que «ya aceptaron los riesgos» y que el médico está protegido ante cualquier eventualidad. Esto es un error muy común.

El consentimiento informado no es un simple trámite administrativo ni un «cheque en blanco» para el cirujano. Es un derecho fundamental del paciente y una obligación legal del médico (recogida en la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente).

Si has sufrido una secuela tras una intervención y esa complicación no te fue explicada previamente, o si el documento que firmaste era demasiado genérico, es muy probable que tengas derecho a una indemnización por negligencia médica, incluso si la cirugía se realizó correctamente desde el punto de vista técnico.

¿Qué es exactamente el Consentimiento Informado?

El consentimiento informado no es solo el papel que firmas. Es el proceso informativo mediante el cual el médico te explica, de forma clara y sencilla:

  1. En qué consiste la intervención y su finalidad.
  2. Cuáles son los beneficios esperados.
  3. Qué riesgos típicos (frecuentes) tiene la operación.
  4. Qué riesgos personalizados existen en tu caso (por edad, patologías previas, alergias, etc.).
  5. Qué alternativas de tratamiento existen.

Si falta alguno de estos elementos, el consentimiento podría considerarse viciado o nulo.

Persona sentada dándole vueltas al consentimiento informado.

El Consentimiento «Genérico» no sirve

Uno de los fallos más habituales en la sanidad, tanto pública como privada, es entregar al paciente un formulario estándar, lleno de tecnicismos, que sirve igual para una operación de rodilla que para una de apéndice.

Los tribunales son muy claros al respecto: el consentimiento informado debe ser específico.

Si te operaron de una hernia discal y sufriste una secuela (como un pie caído), pero en el documento que firmaste solo se mencionaban «riesgos generales» y no el riesgo específico de lesión nerviosa, se ha vulnerado tu derecho a decidir. Al no ser informado correctamente, no pudiste valorar si te compensaba correr ese riesgo real.

¿Puedo reclamar si la operación salió «bien» pero tengo secuelas?

Sí. Este es un punto fundamental que muchos pacientes desconocen.

En el ámbito de las negligencias médicas distinguimos dos tipos de mala praxis:

  1. Mala praxis técnica: El médico comete un error durante la ejecución (error quirúrgico, olvido de material, etc.).
  2. Falta de información (Lesión del derecho de autodeterminación): La intervención es técnicamente perfecta, pero el paciente sufre un daño del que no fue advertido previamente.

Si el resultado es una secuela de la que no se avisó (y que, de haberlo sabido, quizás habrías decidido no operarte), existe responsabilidad patrimonial y derecho a compensación.

El concepto de «Daño Desproporcionado»

A veces ocurre un resultado totalmente anómalo e inesperado que no figura en ningún consentimiento por su extrema rareza. Si el daño es desproporcionado respecto a la intervención (por ejemplo, entrar para una operación sencilla de cataratas y acabar en coma), los tribunales exigen al hospital una prueba rigurosa de que informaron exhaustivamente o de que no hubo ninguna culpa por su parte.

¿Qué se puede reclamar por falta de Consentimiento Informado?

Cuando se demuestra un defecto en el consentimiento, la reclamación suele enfocarse en:

  • Daño Moral: Por habernos privado de la capacidad de decidir sobre nuestra propia integridad física.
  • Pérdida de Oportunidad: Se valora la probabilidad de que el paciente, de haber conocido los riesgos reales, hubiera rechazado la intervención o buscado alternativas menos invasivas.

Infografía sobre el consentimiento informado en posibles negligencias médicas.

Requisitos para que el Consentimiento sea válido

Para que un hospital o médico quede exento de responsabilidad, el consentimiento debe ser:

  • Escrito: Imprescindible en intervenciones quirúrgicas y procedimientos invasivos.
  • Previo: Debe entregarse con tiempo suficiente para reflexionar (no es válido si se firma justo antes de entrar a quirófano con la sedación ya iniciada).
  • Informado y verbal: El médico debe explicar los detalles verbalmente y resolver todas las dudas.
  • Completo: Debe recoger los riesgos típicos y aquellos graves, aunque sean poco frecuentes.

¿Qué plazo tengo para reclamar?

Es fundamental tener en cuenta que el derecho a reclamar tiene fecha de caducidad. Los plazos legales son estrictos y varían según dónde se haya producido la negligencia:

  • Sanidad Pública: El plazo es de un año. Este tiempo empieza a contar, generalmente, desde el momento en que se estabilizan las secuelas o se recibe el alta médica definitiva.
  • Sanidad Privada: El plazo suele ser más amplio, pero depende de la relación contractual y de la vía legal utilizada.

Dada la complejidad para determinar cuándo empieza a contar exactamente ese año (el «dies a quo»), te recomendamos no esperar al último momento. Una consulta a tiempo puede evitar que tu derecho a una indemnización prescriba.

Protege tus derechos: ¿Qué hacer ahora?

Si has sufrido complicaciones tras una operación y sientes que nadie te avisó de que eso podía pasar, no asumas que simplemente ha sido «mala suerte». Revisa la documentación que firmaste antes de la intervención. Si el riesgo que se ha materializado no aparece detallado de forma específica, tienes derecho a reclamar una indemnización.

En Bley Abogados somos especialistas en negligencias médicas y analizamos exhaustivamente la documentación para verificar si el consentimiento informado cumplió con todos los requisitos legales. No permitas que una falta de información vulnere tu derecho a decidir sobre tu propia salud.

¿Crees que no fuiste bien informado?

  • Estudio de viabilidad gratuito: Analizamos si el documento que firmaste era legalmente válido y si existe base para reclamar.
  • Abogadas especialistas: Te acompañamos en todo el proceso para reclamar el daño moral y la pérdida de oportunidad.
  • Sin compromiso: Contacta con nosotras para resolver tus dudas y conocer tus opciones legales. Estamos aquí para ayudarte.
Isabel Bonilla Abogada
Abogada derecho sanitario en  | 913 609 722 | Web

Abogada especialista en derecho sanitario y responsabilidad civil profesional, experta en valoración del daño corporal.

Licenciada en derecho y periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid, máster en práctica jurídica por el Centro de Estudios e Investigaciones Jurídicas, título especialista en Valoración del daño corporal por la Universidad Complutense de Madrid y especialista en Incapacidades Laborales Permanentes por el ICAM.

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