reloj indicando el plazo para reclamar la negligencia médica

Plazo para reclamar una negligencia médica

Conocer los tiempos de los plazos para reclamar una negligencia médica puede marcar la diferencia entre obtener una indemnización o ver la demanda archivada. Este artículo repasa las normas principales, la vía administrativa y civil, y las particularidades de cada tipo de daño.

Legislación vigente y plazos generales

La legislación española que regula los plazos de reclamación por negligencia médica se basa, esencialmente, en el Código Civil y en la Ley de Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas. Ambas normas fijan los límites temporales para reclamar cuando un profesional sanitario comete mala praxis médica.

Determinar la fecha de inicio del plazo puede resultar complejo. En caso de fallecimiento, el cómputo suele comenzar en la fecha de defunción. Para secuelas, se inicia cuando se confirman de manera definitiva, momento en el que el paciente o sus allegados pueden percibir plenamente la gravedad del daño.

Respetar los plazos es vital. Una vez expirada la ventana legal, la reclamación pierde validez. Por ello, conviene buscar asesoramiento especializado de la mano de abogados especializados en negligencias médicas lo antes posible. Un abogado de derecho sanitario puede ayudar a valorar la documentación clínica y a esclarecer el momento exacto de arranque.

Las actualizaciones legislativas y las sentencias recientes también pueden influir en la interpretación de los plazos. Aunque el marco general siga siendo el mismo, conviene revisar la normativa de la comunidad autónoma y la jurisprudencia más reciente para comprobar si hay modificaciones pertinentes.

¿Se puede interrumpir la prescripción de una negligencia médica?

La prescripción puede interrumpirse con la interposición de una reclamación de responsabilidad patrimonial ante la Administración Pública correspondiente.

Dicha reclamación debe cuantificar los daños y perjuicios sufridos y solicitar la indemnización pertinente. Una vez registrada formalmente, el plazo de prescripción vuelve a contar desde cero a partir de ese momento.

Negligencias médicas en la sanidad privada

En el ámbito privado, la prescripción se interrumpe fundamentalmente de dos maneras:

  1. Demanda judicial o solicitud de diligencias preliminares: La mera presentación de la demanda o la formalización de cualquier tipo de diligencia ante el juzgado competente supone la interrupción de la prescripción.
  2. Reclamación extrajudicial fehaciente: También puede interrumpirse mediante una reclamación directa y demostrable (por ejemplo, un burofax o correo certificado con acuse de recibo) dirigida al profesional sanitario, al centro médico privado o a su aseguradora, en la que se exija una indemnización por los daños ocasionados.

Procedimiento penal

En la vía penal, la prescripción solo se considera interrumpida cuando el juzgado de instrucción admite la denuncia o querella y abre diligencias previas.

Esto significa que, aunque se haya presentado la denuncia, si el juez todavía no la ha admitido formalmente, no se habrá interrumpido el cómputo de la prescripción.

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Reclamaciones en la sanidad pública y privada

La sanidad pública se rige por el procedimiento administrativo. En este ámbito, es necesario presentar la reclamación directamente ante el órgano competente, acompañada de informes médicos, pruebas diagnósticas y otros documentos que confirmen la negligencia. El plazo estándar en esta vía suele ser de un año.

Si la administración desestima la reclamación o no responde en el tiempo establecido, se puede recurrir a la jurisdicción contencioso-administrativa. Este proceso, sin embargo, exige agotar primero la vía administrativa. Cumplir cada fase es fundamental para que la reclamación no quede paralizada.

La sanidad privada, por su parte, se enmarca en la jurisdicción civil. El plazo general para demandar por negligencia en clínicas o consultas privadas suele ser de cinco años. Comienza a contarse desde que se produjeron los hechos o desde que se manifestó el daño, dependiendo de la naturaleza del perjuicio.

Si entra en juego una compañía de seguros, el plazo puede acortarse a un año. Esto responde a la normativa de responsabilidad extracontractual aplicada a las aseguradoras. Verificar las condiciones de la póliza es básico, ya que pueden existir cláusulas específicas que afecten la fecha de inicio o la duración del plazo.

Tipos de daño y jurisprudencia

El daño continuado es aquel que se desarrolla progresivamente, generando complicaciones nuevas o un empeoramiento paulatino del estado de salud. Establecer una fecha clara para el inicio de la acción legal requiere peritajes médicos que demuestren el momento en que el paciente comenzó a percibir la negligencia.

El daño permanente, en cambio, se consolida de forma definitiva. Una vez reconocido su carácter irreversible, el plazo de prescripción empieza a contar. Determinar con exactitud ese instante depende de informes clínicos que atestigüen la irreversibilidad de las secuelas.

En la jurisprudencia reciente, diversas sentencias del Tribunal Supremo han especificado criterios para computar los plazos. Los jueces consideran la fecha de conocimiento efectivo del daño o la constatación médica de las lesiones. Estas pautas, si bien no son inamovibles, influyen en la estrategia para sostener la reclamación.

Examinar el criterio judicial imperante permite anticipar la respuesta de los tribunales. De ese modo, el letrado que asista al reclamante puede preparar la documentación adecuada y exponer argumentos que cumplan las exigencias de la interpretación jurisprudencial.

Información:
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La importancia de los plazos en las negligencias médicas

La importancia de respetar los plazos de reclamación por negligencias médicas radica en el carácter preclusivo de la normativa. Una vez sobrepasado el límite legal, la acción caduca sin posibilidad de revivirla, dejando al afectado sin opción de resarcimiento.

Ante la diversidad de supuestos (sanidad pública vs. privada, daños continuados o permanentes, presencia de aseguradora), el asesoramiento profesional se convierte en el mejor aliado.

Un abogado experto en derecho sanitario orientará los pasos a seguir, ya que sabrán cuándo prescribe las negligencias médicas, para poder preparar la reclamación respaldada por la documentación clínica necesaria.

Por último, cada comunidad autónoma puede introducir variaciones legislativas que afecten los plazos y el procedimiento. Informarse al detalle, recabar pruebas de forma metódica y actuar con celeridad representan la estrategia más segura para hacer valer el derecho a una indemnización justa.

Isabel-Bonilla-Abogada
Abogada derecho sanitario en  | 913 609 722 | Web |  + posts

Abogada especialista en derecho sanitario y responsabilidad civil profesional, experta en valoración del daño corporal.

Licenciada en derecho y periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid, máster en práctica jurídica por el Centro de Estudios e Investigaciones Jurídicas, título especialista en Valoración del daño corporal por la Universidad Complutense de Madrid y especialista en Incapacidades Laborales Permanentes por el ICAM.

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