Médicos asumiendo la responsabilidad compartida en un caso de negligencia médica.

Responsabilidad Compartida en Sanidad: Cuando el error no tiene un solo autor

En la atención médica actual es muy común que varios profesionales de la salud o incluso distintos centros sanitarios participen en el tratamiento de un mismo paciente. Esto puede generar confusión cuando algo falla: ¿quién es responsable si hubo una negligencia médica y varios intervinieron?

En muchos casos, el daño no es resultado de un único error, sino de una cadena de fallos o de una actuación conjunta en la que no se puede identificar a un único culpable. Aquí es donde entra en juego el concepto de responsabilidad compartida.

¿Qué es la responsabilidad compartida en el ámbito sanitario?

La responsabilidad compartida se da cuando varios profesionales o centros intervienen en un caso y su actuación, conjunta o sucesiva, contribuye al daño sufrido por el paciente. No siempre es fácil determinar quién cometió el error, por lo que todos pueden ser considerados corresponsables.

En estos casos, puede hablarse de responsabilidad solidaria, lo que significa que todos los implicados deben responder ante el paciente, aunque luego puedan reclamarse entre ellos según su grado de implicación. Es una figura pensada para proteger al afectado, evitando que quede sin indemnización.

Supuestos habituales de corresponsabilidad médica

Un caso típico es una cirugía multidisciplinar, donde varios especialistas actúan juntos. Si el resultado es negativo por una mala coordinación, todos podrían ser responsables. Lo mismo ocurre en diagnósticos erróneos que se arrastran de un profesional a otro sin corregirse.

También puede haber corresponsabilidad si un centro omite transmitir información clave al siguiente, o si se producen errores en cadena durante el tratamiento. En todos estos supuestos, la negligencia no es de uno solo, sino del conjunto del proceso asistencial.

Este tipo de situaciones también ocurre con frecuencia en la derivación de pacientes entre niveles asistenciales, como de atención primaria a hospitalaria. Si la información clínica no se transmite adecuadamente y eso provoca un daño, puede surgir una responsabilidad compartida entre ambos niveles, aunque cada uno haya actuado dentro de sus competencias.

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¿Cómo se determina quién responde?

Para asignar responsabilidades, es clave analizar el nexo causal entre la actuación de cada profesional y el daño sufrido. Si se puede probar que uno de ellos cometió un error concreto, su responsabilidad será individual. Pero si hay una intervención conjunta, puede ser solidaria.

Cuando no se puede delimitar con claridad quién causó el daño o todos actuaron de forma incorrecta, el juez puede declarar responsabilidad compartida. En ese caso, cualquiera de los implicados puede ser obligado a responder por el total, aunque luego reclame a los demás según su grado de culpa.

sta evaluación suele basarse en informes periciales, historias clínicas, protocolos asistenciales y testimonios. El juez o tribunal analizará si cada interviniente actuó según la lex artis, es decir, conforme a los estándares médicos aceptados. Si varios fallaron en sus funciones, aunque en distintos momentos, todos pueden ser responsables.

Además, la responsabilidad no siempre se divide por partes iguales. Puede establecerse una responsabilidad proporcional, asignando a cada parte un grado de implicación. Sin embargo, de cara al paciente, puede aplicarse igualmente la solidaridad, para evitarle la carga de identificar exactamente a quién debe reclamar.

¿Qué implicaciones tiene para el paciente y para los profesionales?

Desde el punto de vista del paciente, la responsabilidad compartida le ofrece una ventaja clara: no tiene que probar con exactitud quién causó el daño. Puede reclamar a cualquiera de los responsables y exigirle el 100 % de la indemnización, sin necesidad de entrar en debates técnicos.

Esto evita que el paciente quede en una situación de desprotección jurídica, especialmente en contextos complejos donde hay múltiples actores implicados y una cadena de decisiones médicas. El sistema busca garantizar que el afectado reciba una compensación justa.

Para los profesionales o centros sanitarios, la situación es más delicada. Si son declarados corresponsables, pueden verse obligados a pagar por errores cometidos por otros, aunque luego tengan derecho a reclamar parte del importe a los demás implicados, en lo que se conoce como acción de regreso.

Además, esto puede generar conflictos entre aseguradoras, especialmente cuando hay diferentes pólizas en juego o cuando la cuantía de la indemnización es elevada. Por eso, es clave tener una trazabilidad clara del acto médico, buena documentación y coordinación entre profesionales.

En la práctica, los centros deben fomentar protocolos que dejen constancia de quién hizo qué y cuándo, para facilitar la defensa en caso de litigio. Y los profesionales deben ser conscientes de que, en un entorno tan interconectado, un fallo en el trabajo en equipo puede tener consecuencias legales serias.

Conclusión: la importancia de la coordinación y la trazabilidad en la atención médica

La corresponsabilidad en casos de negligencia médica refleja una realidad cada vez más común: la atención al paciente es un proceso compartido. Cuando fallan la coordinación o la comunicación, el daño puede ser inevitable… y legalmente complejo.

Para prevenir estos conflictos, es fundamental reforzar la cooperación entre profesionales, mejorar la documentación clínica y establecer protocolos que aseguren una trazabilidad clara. Esto no solo protege a los pacientes, sino también a los propios sanitarios frente a posibles reclamaciones.

Al final, la responsabilidad compartida no solo es una figura legal, sino una llamada de atención al sistema: cuando se cuida el trabajo en equipo, también se cuida el derecho a una atención segura y de calidad.

Isabel-Bonilla-Abogada
Abogada derecho sanitario en  | 913 609 722

Abogada especialista en derecho sanitario y responsabilidad civil profesional, experta en valoración del daño corporal.

Licenciada en derecho y periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid, máster en práctica jurídica por el Centro de Estudios e Investigaciones Jurídicas, título especialista en Valoración del daño corporal por la Universidad Complutense de Madrid y especialista en Incapacidades Laborales Permanentes por el ICAM.

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