Si has sido víctima de una negligencia médica, es importante saber que en España no existe un baremo específico que regule los daños y perjuicios derivados de este tipo de situaciones.
Sin embargo, los tribunales aplican de forma orientativa el baremo utilizado para valorar las consecuencias de los accidentes de tráfico, recogido en la Ley 35/2015, de 22 de septiembre. Esta ley establece las tablas para calcular las indemnizaciones, y dichas tablas se actualizan cada año.
Para conseguir la máxima indemnización por negligencia médica, es fundamental contar con un abogado especializado en Derecho Sanitario y negligencias médicas. Este tipo de casos requiere conocimiento experto y experiencia en la aplicación del baremo establecido en la Ley 35/2015.
Además, debes saber que las cuantías actualizadas de las indemnizaciones se publican anualmente. La última actualización se encuentra en el BOE de 30 de enero de 2024, mediante la Resolución de 18 de enero de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Tablas de indemnizaciones por muerte y por secuelas 2025
Cálculo de indemnizaciones por negligencia médica
La cuantía de una indemnización por negligencia o mala praxis médica depende principalmente de las consecuencias sufridas. Los daños pueden clasificarse en tres categorías: fallecimiento, secuelas y lesiones temporales.
Además, la cantidad varía según la edad, las circunstancias familiares y las condiciones económicas de la víctima. Por ejemplo, no se valora igual el fallecimiento de una madre con tres hijas que dependen económicamente de ella que el de un hombre de 72 años sin descendientes.
En el caso de los niños, la indemnización suele ser mayor que la de un adulto, ya que se considera que su esperanza de vida es más larga. Esto significa que el daño producido por una secuela tendrá consecuencias más duraderas.
Cuando se trata de un fallecimiento, la normativa incluye una tabla específica que tiene en cuenta el número de familiares directos de la víctima al momento de los hechos.


Indemnización por fallecimiento por negligencia médica
Cuando ocurre un fallecimiento por negligencia médica, los familiares de la víctima pueden solicitar una indemnización en concepto de daños y perjuicios. Este tipo de reclamación se fundamenta en las pérdidas económicas y el impacto emocional ocasionado.
En otras palabras, los familiares buscan una compensación por las pérdidas presentes y futuras derivadas de esta situación. Las principales razones para interponer una reclamación son las siguientes:
- Perjuicios vinculados a la herencia que puedan recibir.
- Daños emocionales provocados por el dolor y el impacto de perder a un ser querido.
- Pérdida de ingresos que la persona fallecida aportaba a la economía familiar. Este motivo es especialmente importante si el fallecido era un soporte económico principal.
- Cambios en el nivel y estilo de vida de la familia debido a esta pérdida.
- Gastos derivados del fallecimiento, como los relacionados con el funeral y otros gastos asociados.
- Gastos médicos previos que puedan haberse producido hasta el momento del desenlace.
Todos estos factores justifican la solicitud de una compensación, especialmente cuando la muerte afecta a la economía familiar de manera significativa.
Cuantía de la indemnización por muerte por negligencia médica
La cuantía de la indemnización por un fallecimiento causado por negligencia médica varía según varios factores clave que los tribunales tienen en cuenta para determinar el importe. Estos son los más importantes:
- Relación familiar con la víctima: La indemnización es mayor para familiares directos como cónyuge, hijos o padres. Otros familiares, como hermanos, podrían recibir una cuantía menor.
- Circunstancias económicas de la víctima y su familia: Se considera el aporte económico que la persona fallecida realizaba a la familia. Por ejemplo, si era el principal proveedor de ingresos, la indemnización será mayor.
- Edad de la víctima: A menor edad, la indemnización tiende a ser más alta, ya que la pérdida se calcula en función de los años de vida e ingresos potenciales que se pierden.
- Daños emocionales: Se evalúa el impacto psicológico y emocional en los familiares directos. El dolor causado por la pérdida también es un factor importante en la valoración.
- Gastos derivados del fallecimiento: Esto incluye los gastos del funeral, así como posibles gastos médicos previos al fallecimiento, como tratamientos o intervenciones que no evitaron el desenlace.
Tablas de indemnizaciones por muerte y por secuelas 2025
¿Qué indemnización puedo conseguir por secuelas y lesiones?
Si una negligencia médica deja secuelas, es fundamental evaluar tanto el daño físico como el impacto emocional y económico que ha generado. Además del perjuicio físico, también debe tenerse en cuenta el perjuicio estético que pueda haberse producido, así como el reembolso de todos los gastos ocasionados. En casos graves, es importante considerar la imposibilidad de volver a trabajar, si las secuelas incapacitan a la persona.
Para calcular las indemnizaciones por secuelas, se utilizan las tablas 2.A a 2.C, que establecen las cuantías en función del tipo de daño sufrido y su gravedad. Por otro lado, si hablamos de lesiones temporales, estas se indemnizan según las tablas 3.A a 3.C. Estas tablas determinan un importe por cada día en el que la persona lesionada experimenta una pérdida de calidad de vida, diferenciando entre niveles de gravedad: básico, moderado, grave y muy grave.
También deben considerarse los daños morales derivados de la negligencia, como el impacto psicológico y la pérdida de calidad de vida. En los casos más severos, cuando las secuelas son altamente incapacitantes, se puede incluir el perjuicio que esto genera a los familiares más cercanos, quienes también ven afectada su vida cotidiana.
Finalmente, la indemnización tiene en cuenta el tiempo que transcurre desde el momento en que ocurre la negligencia médica hasta la estabilización de la lesión. Esto incluye los días de baja laboral, los días hospitalizados y, en caso necesario, el tiempo pasado en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI).
Abogada especialista en derecho sanitario y responsabilidad civil profesional.
Licenciada en derecho en la Universidad Carlos III de Madrid, máster en Acceso al Ejercicio de la Abogacía en la Universidad Carlos III de Madrid, especialista en Valoración del daño corporal por la Universidad Complutense de Madrid y con un curso superior en Seguridad Social y Derecho Laboral por el Centro de Estudios Financieros.
- Clara Lozano Gallegohttps://bleyabogados.es/author/clara/
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