Abogados Negligencias Médicas Sanidad Privada

Estudio previo gratuito | Asesoramiento | Defensa

Negligencias Médicas en Sanidad Privada

La asistencia en un centro hospitalario privado o clínica conlleva el pago de los costes por parte del paciente (clínicas dentales o estéticas) o acudir a dicho centro a través de un seguro de salud contratado pagando una prima mensual por ello. Se considera que nos encontremos ante una negligencia médica cuando por una actuación u omisión negligente cometida por el personal sanitario del centro se crea un daño al paciente que no tenía el deber de soportar.

Dicha actuación u omisión provoca la existencia de una responsabilidad contractual del centro privado con el que se contrató los servicios previamente prestados o una responsabilidad extracontractual del personal sanitario o del centro hospitalario al que se acudió por medio del seguro que cometió la falta de la diligencia en la asistencia médica prestada. Si desea consultar con un abogado de negligencias médicas estamos a su disposición.

Cuéntanos tu caso

Si considera que ha podido ser víctima de una negligencia médica, no dude en contactarnos. En Bley Abogados nos implicamos en cada caso para definir la mejor estrategia procesal.

Ante una negligencia médica en sanidad privada, el despacho de BLEY ABOGADOS inicia un procedimiento de diligencias preliminares destinado a obtener el historial clínico y la póliza de responsabilidad civil del centro o personal sanitario implicado. Así, en caso de no llegar a un acuerdo extrajudicial con la aseguradora, tendríamos a nuestra disposición la totalidad de los documentos que permiten acudir a juicio con la seguridad de que nuestros peritos hayan analizado al completo la asistencia médica prestada, evitando desagradables sorpresas en el procedimiento judicial.

Estudio Previo Gratuito

Acompañamiento Integral

Acuerdo extrajudicial

Casos de Negligencias Médicas en Sanidad Privada

Como expertos abogados en negligencias médicas, contamos con una gran experiencia en la defensa y reclamación de aquellos pacientes que han sufrido una negligencia médica en un centro de salud, una clínica o un hospital privado. Después de años de esfuerzo y gran dedicación, estamos en disposición de llevar asuntos de gran complejidad. Desde Bley Abogados sabemos lo difícil que puede resultar dar el paso de demandar a un Hospital por una negligencia médica. Por ello, tratamos de simplificar el proceso haciéndonos cargo de todos los trámites extrajudiciales y judiciales de principio a fin.

Negligencia Médica Reproducción Asistida

Estudio previo gratuito | Asesoramiento | Defensa Abogados especialistas en negligencia médica por reproducción asistida La imposibilidad de concebir un hijo por medios naturales lleva a muchas parejas o mujeres a acudir a centros de fertilidad que puedan llevar a cabo ese deseo de maternidad/paternidad. No obstante, en algunos casos durante el proceso o al

Leer más

Caso de negligencia médica urología

Nuestra letrada obtiene una sentencia condenatoria a la compañía aseguradora de una uróloga resolviendo indemnizar a más de 340.000.-€ al paciente, tras acreditar en juicio y con una ardua defensa la mala praxis urológica durante una intervención en la próstata.

Leer más

Negligencia médica vascular

Sentencia que fija una indemnización de casi 500.000€ por un retraso diagnóstico y un tardío tratamiento en la complicación vascular surgida tras una intervención quirúrgica.

Leer más

Prescripción Negligencia Médica en Sanidad Privada

Los plazos legalmente establecidos en sanidad privada son diferentes en función de si nos encontramos ante una responsabilidad contractual o extracontractual. En primer lugar, de acuerdo con el artículo 1964 del Código Civil, el plazo para poder ejercitar una acción por responsabilidad contractual es de 5 años. Por otra parte, el plazo para exigir una responsabilidad extracontractual es de un año en virtud del artículo 1968 del Código Civil.

El plazo del que se dispone para reclamar por negligencias médicas en la sanidad privada, en caso de una responsabilidad extracontractual, es de un año. Para el caso de que se exija una responsabilidad contractual el plazo será de cinco años. Ahora bien, dicho plazo, tanto en responsabilidad contractual como extracontractual, comienza a computarse desde el día en el que se cometió la negligencia médica o desde la estabilización de las secuelas por lo que debe analizarse exhaustivamente el contenido del historial clínico del paciente para determinar el inicio del cómputo de prescripción. En caso de que la negligencia médica provoque el fallecimiento, se computaría el plazo desde la fecha de la defunción.

Texto redactado y revisado por : Clara Lozano 

Si tiene dudas en Reclamar una Negligencia Médica en la Sanidad Privada no lo dude y contacte con nuestro equipo de abogado

Te ayudamos a conseguir una indemnización

Scroll al inicio